LOTAIP 2021

Art. 7. Difusión de la Información Pública: Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las Instituciones del estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se le considera de naturaleza obligatoria:

 

listos para una segunda oportunidad. Para conocer los términos y condiciones, consulta  en el enlace: https://emmaipc-ep.gob.ec/.../COMUNICADO-No.-004-DAF-MAT...