Rendición de Cuentas 2022

Art. 89.- Definición:
Se concibe la rendición de cuentas como un proceso sistemático, deliberado, interactivo y universal, que involucra a autoridades, funcionarias y funcionarios o sus representantes y representantes legales, según sea el caso, que estén obligadas u obligados a informar y someterse a evaluación de la ciudadanía por las acciones u omisiones en el ejercicio de su gestión y en la administración de recursos públicos.

https://emmaipc-ep.gob.ec/wp-content/uploads/2025/03/convocatoria-feria-inclusiva-2025.pdf